La concienciación medioambiental no solo se encuentra en particulares. Profesionales y administraciones públicas están tanto o más concienciadas en lograr un Planeta lo más limpio posible y por eso, estos últimos enarbolaron una normativa a la que se deben acoger determinadas empresas para reducir sus emisiones de gases contaminantes.
Con el Real Decreto 56/2016, se pretende que las compañías, con unas determinadas características, cumplan con esta legislación y adapten sus instalaciones a lo que dice la normativa. Para ello mediante la realización de una auditoría energética se pretende acreditar la optimización de la eficiencia y la reducción de gases de efecto invernadero (GEI).
Este Real Decreto obliga a determinadas sociedad a efectuar una auditoría cada cuatro años, debiendo abarcar un mínimo del 85% del consumo total de energía de las instalaciones. ¿Qué empresas están obligadas a llevar a cabo este proceso? Aquellas que tengan un mínimo de 250 trabajadores, aquellas que posean un volumen de negocio mayor de 50 millones de euros y que, a su vez, tengan un balance general mayor de 43 millones de euros y por último, las que sean catalogadas como gran empresa.
Para la realización de estas auditorías energéticas, en el mercado existen empresas de gestión de la energía que se encargan de analizar, monitorizar e implementar las medidas necesarias para la ejecución de esta medida y que el cliente cumpla con lo recogido en el RD56/2016.
Si se quiere tener más información acerca de esta legislación, en esta web aparece todo lo relacionado con este real decreto. Allí vienen reflejados los requisitos, las inspecciones, las sanciones etc., de tal manera que el usuario pueda consultar cualquier duda o preguntarla en directo gracias a un servicio de chat de información.
|